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Los procesos de conciliación y mediación laboral se aplazan por el decreto del estado de alarma

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La Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo mantiene suspendida desde ayer la atención al público en los diez Centros de Mediación, Arbitraje y Conciliación repartidos en las ocho provincias andaluzas, en cumplimiento de la la Orden de 15 de marzo de 2020, por la que se determinan los servicios esenciales de la Administración, y del Real Decreto por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Los CEMAC se encargan en el ámbito laboral de prestar los servicios de conciliación obligatoria previa para trabajadores y empresas regulados por la jurisdicción social en los casos individuales. Este requisito se recoge en la legislación española con la finalidad de reducir el número de procesos judiciales, y facilitar un intento de conciliación entre las partes antes de que una de ellas proceda a interponer su demanda.

El decreto que establece el estado de alarma implica la suspensión e interrupción de los plazos previstos en las leyes procesales para todos los órdenes jurisdiccionales, lo que afecta igualmente a la mediación obligatoria en los CMAC. El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el presente real decreto o las prórrogas que puedan aprobarse.

Conflictos colectivos

En el caso de los conflictos laborales colectivos, la Comisión de Seguimiento del Servicio Extrajudicial de Resolución de Conflictos Laborales de Andalucía (SERCLA) ha acordado la suspensión de las reuniones de mediación previstas en todas sus sedes hasta el 30 de marzo, mientras que establece que las solicitudes deberán hacerse de forma telemática en la plataforma de Atención a la Ciudadanía de la Junta; por fax (9555 066224); por correo electrónico (sercla.cefta@juntadeandalucia.es) o de forma presencial en los registros de las delegaciones de Gobierno en cada provincia.

Centros de Prevención

También han paralizado su atención al público los Centros de Prevención de Riesgos Laborales de cada provincia, aunque mantienen como servicio esencial las tareas de investigación de los accidentes laborales.

Estas medidas se suman a las aprobadas el pasado viernes que afectan igualmente a la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, como:

– La suspensión de la actividad formativa de Formación Profesional para el Empleo, por los mismos periodos de suspensión acordados para la actividad educativa presencial del sistema educativo, tanto en las entidades privadas en la Red de Centros Propios.

– La suspensión de las acciones formativas en curso de las Escuelas de Formación adscritas a la Agencia Servicio Andaluz de Empleo y las prácticas laborales derivadas.

– Las actuaciones derivadas de los programas contenidos en el Decreto 85/2003, de 1 de abril, por el que se establecen los Programas para la Inserción Laboral de la Junta de Andalucía y el Decreto 192/2017, de 5 de diciembre, por el que se aprueba el Programa de Fomento del Empleo Industrial y Medidas de Inserción Laboral en Andalucía.

– Las Residencias de Tiempo Libre de la Junta de Andalucía.

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