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10,5 millones para una Renta Mínima extraordinaria que beneficiará durante 5 meses a 4.200 familias

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El Gobierno andaluz ha aprobado la puesta en marcha de una Renta Mínima de Inserción Social de carácter extraordinario destinada a familias con menores a cargo o unipersonales, ya que son éstas las que presentan una menor red de apoyo. Esta ayuda se percibirá durante cinco meses y contará con un presupuesto de 10,5 millones de euros, que podrá beneficiar a 4.200 familias.

Esta medida se incluye dentro del decreto ley por el que se establecen medidas extraordinarias y urgentes de flexibilización administrativa en materia de ayudas en el ámbito del empleo y medidas complementarias con incidencia en el ámbito económico, local y social como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (Covid-19).

Además de esta ayuda, gestionada por la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, se incluyen en el citado decreto ley otras medidas de las Consejerías de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local, de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, y de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad.

Con respecto a la ayuda extraordinaria referida, se trata de una modificación urgente del Decreto ley de Modificación del Decreto ley 3/2017, de 19 de diciembre, por el que se regula la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía, al concurrir circunstancias de extraordinaria y perentoria necesidad que requieren una respuesta inmediata.

La pandemia por Covid-19 está perjudicando especialmente a las personas en situaciones de vulnerabilidad o en riesgo de exclusión social, entre las que se encuentra un porcentaje significativo de la población en Andalucía.

Este decreto ley va a permitir a la Junta de Andalucía responder con mayor agilidad ante el agravamiento de las situaciones de vulnerabilidad de las personas o unidades familiares solicitantes de la Renta Mínima de Inserción Social y que se puedan beneficiar lo antes posible de estas prestaciones económicas.

En total, la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación ha movilizado para la Renta Mínima de Inserción Social del Andalucía un presupuesto de 20 millones de euros con el objetivo de beneficiar a unas 10.000 familias andaluzas. Como consecuencia de ello, la nómina de abril ha alcanzado la cuantía de 11.344.637,38 euros, lo que supone la cifra más alta desde su implantación. Esta prestación ha pasado de alcanzar a 6.222 familias en el mes de marzo, a beneficiar a 10.989 en abril, lo que supone un incremento del 76%.

La mejora de estos datos ha sido posible gracias, por una parte, a las medidas acordadas en el Decreto ley 6/2020, de 30 de marzo, por el que se establecen medidas administrativas extraordinarias y urgentes en el ámbito social y económico como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (Covid-19). Y, por otra parte, por el excelente trabajo del personal funcionario de las delegaciones territoriales y de los servicios centrales en la mejora de la tramitación de esta ayuda.

El resto de medidas de agilización y simplificación administrativa destinadas a la Renta Mínima contemplan la racionalización de los supuestos existentes de urgencia social, referidos a las víctimas de violencia de género y de explotación sexual o laboral, y el incremento de la duración de las ampliaciones de la prestación a doce meses. Además, se confiere potestad al órgano rector para dar tratamiento de nueva solicitud a las ampliaciones que se hubieran presentado con posterioridad a la finalización de la prestación y se habilita a los trabajadores y trabajadoras sociales para presentar solicitudes en las modalidades de urgencia o emergencia social en representación de la persona titular.

Estas medidas extraordinarias complementan las ya puestas en marcha dentro del plan de choque de la Consejería de Igualdad para la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía, como el refuerzo de 1.260 profesionales en los servicios sociales comunitarios, el impuso a la tramitación electrónica para mejorar los procesos internos de gestión, la automatización de la validación de requisitos y las fases del procedimiento o la puesta en servicio de un simulador online que permite consultar si se cumplen las condiciones para recibir la prestación.

Flexibilización de requisitos para programas de empleo

Por parte de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo se incluye en este Decreto ley una serie de medidas que flexibilizan el cumplimiento de requisitos exigidos a las entidades y personas beneficiarias de programas e incentivos gestionados por este departamento. Son de iniciativas actualmente vigentes y enmarcadas en las políticas activas de empleo y programas de inserción laboral que gestiona el SAE, así como medidas dirigidas al mantenimiento del trabajo autónomo y la economía social, y otras en materia de prevención de riesgos laborales del Gobierno andaluz, y cuya ejecución se ha visto afectada por la situación actual de crisis sanitaria y económica.

Se trata de un marco normativo cuyo objetivo fundamental es contribuir al mantenimiento del empleo y de las contrataciones realizadas en estos programas, al tiempo que las entidades, casi 400 dependientes de programas del SAE además de los ayuntamientos, no se vean penalizadas.

El decreto ley aprobado garantiza, por un lado, la ejecución de los programas y proyectos de empleo ya iniciados y que gestiona el Servicio Andaluz de Empleo (SAE), y, por otro, otorga flexibilidad a los requerimientos exigidos para los beneficiarios de incentivos, ya sean de programas de empleo gestionados por el SAE, como de otras subvenciones otorgadas a personas autónomas y cooperativas y sociedades laborales para favorecer y mantener el empleo. Por último, este decreto también contempla la suspensión de los plazos a cumplir por parte de empresas andaluzas beneficiaras de incentivos para la adopción de medidas en materia de prevención de riesgos laborales.

Gracias a estas medidas de flexibilización en los programas gestionados por el SAE, tales como las Iniciativas de Cooperación Local o los Proyectos de Interés General y Social, los ayuntamientos y entidades beneficiarias que hayan tenido que suspender la ejecución de las obras o servicios, no tendrán que suspender los contratos formalizados con las personas participantes en los programas y proyectos, que deben permanecer en vigor, así como la correspondiente obligación de retribución, cotización o ayuda individual, en su caso. Es decir, estos costes mantendrán su carácter de subvencionables con cargo a las subvenciones concedidas.

Asimismo, en lo que respecta a los incentivos y ayudas a la creación de empleo indefinido, como los incentivos al empleo estable, la ampliación de la jornada laboral o el Bono de Empleo, si se produjera la suspensión temporal o reducción de la jornada del contrato de trabajo, el periodo de suspensión del contrato o reducción de la jornada computará como periodo de mantenimiento a efectos de su justificación.

También se flexibilizan los requisitos de los programas de orientación laboral y acompañamiento a la inserción (Andalucía Orienta), actuaciones en los que se ha suspendido la atención presencial mientras dure el estado de alarma y se considera atención directa de forma excepcional aquella que se preste por medios telemáticos o telefónicos.

En cuanto a los trabajadores autónomos y por cuenta propia beneficiarias de ayudas de los diversos programas de la Consejería de Empleo (Programa de estímulo a la creación y consolidación del trabajo autónomo en Andalucía, o Programa de emprendimiento, segunda oportunidad y estabilización económica de las empresas de trabajo autónomo), el decreto recoge medidas de flexibilización y criterios a cumplir por las empresas afectadas por los diferentes decretos del Gobierno central relativos con la suspensión de actividad, así como beneficiarias de la moratoria de las cotizaciones de la Seguridad Social.

En cuanto a las sociedades cooperativas beneficiarias de incentivos, flexibiliza también el cumplimiento de los requisitos durante el periodo establecido por el decreto de alarma, a la vez que permite el uso de los Fondos de Formación y Sostenibilidad para dotar de liquidez a las sociedades cooperativas en caso de necesitarlo para su funcionamiento, o bien, a cualquier actividad que redunde en ayudar a frenar la crisis sanitaria provocada por el Covid-19 en los municipios donde radique el domicilio social de la sociedad cooperativa.

Ayudas para pequeños municipios

A iniciativa de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local, el Decreto ley contempla también una ayuda de 6 millones de euros destinada a municipios de entre 1.501 y 5.000 habitantes para financiar actuaciones para el reforzamiento y garantía de los servicios públicos de su competencia afectados por la crisis del Covid-19 o por las medidas vinculadas al Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma.

Para determinar la asignación a cada entidad local se ha distribuido la dotación total entre los municipios y entidades locales autónomas atendiendo a su población, garantizándose un mínimo fijo para cada entidad beneficiaria de 18.000 euros.

Se beneficiarán de esta medida 241 localidades y siete entidades locales autónomas (ELA). Esta línea de subvención se suma a la otorgada hace dos semanas para municipios de hasta 1.500 habitantes por valor de cuatro millones de euros. Por tanto, la Dirección General de Administración Local ha impulsado ayudas por una cuantía de 10 millones de euros que benefician a 528 localidades y 35 ELA, 563 de las 820 entidades locales de Andalucía, un 68,65% del total.

De este modo, se podrán financiar aquellas actuaciones destinadas a garantizar o reforzar la prestación de servicios públicos de competencia de las entidades locales realizadas desde el día 14 de marzo de 2020 y que hayan sido causadas como consecuencia de la crisis sanitaria. Se incluyen dentro de este programa la limpieza y desinfección de calles y otros entornos urbanos necesarios para garantizar las debidas condiciones de salud pública, así como de edificios públicos o privados de interés social, e infraestructuras municipales, educativas, culturales o deportivas.

También se incluyen, entre otras cuestiones, la adquisición de bienes, alimentos y otros productos de primera necesidad para su entrega posterior a población o colectivos vulnerables; y la contratación de personal tanto para atención de personas dependientes, transporte de alimentos a éstas, como para cualquier otra función relacionada y que sirva para atender la crisis sanitaria producida.

La presentación de la documentación relativa a las actuaciones se realizará por las entidades locales de forma telemática, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de la correspondiente resolución.

Moratoria para préstamos empresariales de IDEA

Por otra parte, la Consejería de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad ha aprobado una moratoria en el calendario de reembolso de los préstamos concedidos por la Junta a través del Fondo Público Andaluz para la Financiación Empresarial y el Desarrollo Económico y del Fondo Jeremie Multiinstrumento, de los que la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA) es agente financiero y entidad gestora, respectivamente, para paliar de algún modo las consecuencias económicas de la parada de actividad empresarial decretada a raíz de la crisis sanitaria por el Covid-19.

Podrán beneficiarse de esta medida las 73 empresas o personas autónomas, que en estos momentos mantienen una deuda viva de 55,04 millones de euros a través de estos préstamos. Dicho aplazamiento de los pagos pendientes y de sus correspondientes intereses se podrá aplicar desde el 14 de marzo, fecha en la que comenzó el estado de alarma, hasta finales de 2020.

Estos pagos y sus intereses comenzarán a ser devueltos sin penalización a partir de 2021, como máximo, en tantas cuotas como queden pendientes tras la moratoria. En el caso de que el préstamo expire en 2020 o en 2021, el reintegro también se realizará a partir de 2021 pero con la obligación de que finalice todo el reembolso del importe pendiente a finales de ese mismo año. Con carácter general, las empresas podrán dejar el 20% del total del importe correspondiente al principal e intereses ordinarios de las cuotas del ejercicio 2020 objeto de la moratoria para la cuota final del pago del préstamo.

La Agencia IDEA publicará en BOJA una convocatoria para la presentación de solicitudes de quienes estén interesados en acogerse a esta fórmula. Las solicitudes deberán realizarse mediante el Registro telemático único de la Junta.

Para poder beneficiarse de esta iniciativa, las empresas y personas autónomas deberán acreditar que la crisis sanitaria o las medidas adoptadas para paliarla les han originado periodos de inactividad o reducción significativa en el volumen de las ventas. Y también interrupciones en el suministro en la cadena de valor, provocando una caída de sus ingresos por ventas de, al menos, un 20% con respecto a la media obtenida entre el 1 de marzo y el 30 de abril de los últimos dos ejercicios cerrados, que les dificulte o les impida atender al pago de la deuda contraída con la Junta de Andalucía. Igualmente, tendrán que estar al corriente de las obligaciones contraídas en la operación del préstamo sobre el que pide el aplazamiento a la fecha de la solicitud.

Del mismo modo, no podrán acogerse aquellos que no se encuentren al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, tengan deudas con la Administración o no hayan presentado sus cuentas en el Registro Mercantil, que se encuentren en causa de disolución, hubiesen sido declaradas en concurso o estén incursas en procesos concursales.

Ampliación de plazos de ayudas para ciudades inteligentes

Por parte de la Consejería de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad, también se ha incluido en el decreto ley una modificación de la orden de bases que regula la concesión de incentivos para impulsar el desarrollo de ciudades y territorios inteligentes de Andalucía, con el fin de flexibilizar el compromiso de cofinanciación de los ayuntamientos y entidades locales.

La Consejería de Economía ya convocó el pasado mes de febrero en régimen de concurrencia competitiva esta línea de ayudas, que se encuentra actualmente en fase de recepción de solicitudes. Recogido en la Orden de 3 de diciembre de 2019, este programa ofrece financiación a los ayuntamientos y entidades locales andaluzas menores de 20.000 habitantes para ayudar a implantar proyectos tecnológicos que mejoren la calidad de vida de la ciudadanía en todos los ámbitos que conforman los actuales modelos de ciudades inteligentes: economía, movilidad, medio ambiente, sociedad, bienestar y gobernanza.

Según la orden de bases, la Junta debe aportar al presupuesto global de las subvenciones el 80%, que asciende a ocho millones procedentes del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Feder), además de encargarse de la licitación y ejecución de los proyectos técnicos. A las entidades locales le correspondería asumir el 20% restante, equivalente a dos millones, un importe que tenía que afrontar en su totalidad de forma previa a la concesión de la subvención. Con los cambios introducidos con este decreto ley, se relaja ese requisito, al fraccionar dicho abono en dos partes. Así, el primer 50% tendrá que presentarse antes de que la Consejería de Economía otorgue la subvención y el segundo 50%, en los doce meses siguientes a la publicación en el BOJA de la resolución de las ayudas.

Esta modificación, solicitada por los propios municipios, evita poner en riesgo su participación en el programa, cuya convocatoria ha coincidido temporalmente con la crisis sanitaria del Covid-19, obligando a sus ayuntamientos a modificar sus presupuestos para acometer las medidas de gestión de la pandemia.

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