El consejero de Educación y Deporte, Javier Imbroda, ha defendido los beneficios que ha propiciado para las familias andaluzas la normativa impulsada por su departamento para regular los criterios y procedimientos de admisión del alumnado en los centros docentes públicos y concertados para cursar las enseñanzas de segundo ciclo de Educación Infantil Primaria, Educación Especial, Secundaria Obligatoria y Bachillerato.
El nuevo Decreto-ley aprobado hoy en el Parlamento, que modifica la normativa de escolarización para ajustarse a la Ley Orgánica de Modificación de la LOE (LOMLOE), mantiene inalterados los principios fundamentales que la sustentan en materia de admisión del alumnado, con la garantía de una oferta suficiente de plazas en el sistema educativo público andaluz en condiciones de igualdad para toda la ciudadanía y que sigue teniendo en cuenta la demanda social entendida como la prioridad de elección de centro educativo por parte de las familias. Además, continúa prestando especial atención al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo, garantizando una escolarización equilibrada de estos alumnos y alumnas mediante la reserva de hasta 3 plazas por unidad escolar.
Javier Imbroda ha aclarado que solo se han realizado modificaciones “imprescindibles” obligadas por el cambio de la normativa estatal y ha destacado que para la elaboración del nuevo Decreto-ley, la Consejería ha tenido en cuenta como ejes principales el reconocimiento del papel central y vertebrador de la enseñanza pública que representa el 80% del sistema educativo andaluz así como la relevancia del papel de la enseñanza concertada, imprescindible para atender las necesidades de escolarización.
Durante su intervención, el consejero ha recordado que la normativa andaluza que se aplicó por primera vez en el proceso de escolarización del curso 2020/21 y, que fue fruto de un amplio debate y diálogo en el seno de la comunidad educativa, ha sido “un éxito con datos en la mano”.
En global, el 93,78% de los alumnos han encontrado plaza en el centro elegido como primera opción y casi el 98% en alguno de los centros demandados. La norma también permitió ser más equilibrada en la escolarización del alumnado con necesidades especiales, al haber provocado un incremento en los escolares admitidos por el cupo de
reserva de Educación Especial del 15,5%.
Además, ha sido más eficiente en la asignación de plazas al mantener las listas de espera del alumnado no admitido en el centro solicitado en primera opción hasta el inicio del curso. Esto ha permitido que 5.122 alumnos obtuvieran el centro elegido prioritariamente en la escolarización del curso 2020/21.
Otro de las beneficios contrastados con cifras por el titular de Educación y Deporte es que el procedimiento fue más justo y menos arbitrario por el aumento de los criterios de admisión, que ha permitido reducir en un 65% la adjudicación por sorteo en las plazas del alumnado de tres años y un 54,9% en el conjunto de los cursos. Así, ha puntuado por primera vez la matriculación en el primer ciclo de Infantil para fomentar la escolarización en esta etapa y el expediente académico del alumnado para su admisión en Bachillerato. También, los hijos de los trabajadores de los centros docentes tienen prioridad en la admisión en los centros que trabajan su progenitores. Además, ha favorecido aún más la conciliación familiar al facilitar el agrupamiento de hermanos y hermanas en el mismo centro. Ello permitió que en el procedimiento de escolarización del curso 2020/21 las familias lograran reagrupar un total de 785 hermanos y hermanas.
Igualmente, el procedimiento es más garantista y seguro para miles de alumnos al conocer cuáles son los centros de adscripción preferente. Esta medida ha permitido que en la planificación del curso 2021/22 se hayan adscrito por primera vez 151 centros concertados que imparten Educación Secundaria Obligatoria a otros centros para cursar Bachillerato, la inmensa mayoría centros públicos.
La normativa andaluza, ha destacado Javier Imbroda, se sustenta en la potenciación del sistema educativo público que incluye la red de centros docentes públicos y la red de centros docentes concertados. Así, de los 1.742.267 alumnos matriculados en plazas sostenidas con fondos públicos este curso, un 80,6% están en centros públicos y un 19,4% en centros concertados, manteniendo el equilibrio entre ambas redes.
En su comparecencia, el consejero de Educación y Deporte ha indicado que estos datos avalan la decisión de mantener el espíritu de una norma que ha generado beneficios en el procedimiento y que “se ha actualizado, con carácter urgente, para adaptarla a la LOMLOE”.
Principales cambios
Así, los principales cambios incluidos en el nuevo Decreto-ley, ha explicado el consejero, afectan a la puntuación por la existencia de hermanos en el centro, reducida a 14 puntos totales, en vez de 20 por hermano como recogía el anterior decreto andaluz, que favorecía el agrupamiento de hermanos y hermanas en el mismo centro para facilitar la conciliación familiar. Dados los cambios obligados por la LOMLOE, que limita este criterio al 30% de la puntuación total que pueda tener un alumno, Andalucía ha optado por otorgar la misma puntuación en este apartado que el de proximidad al domicilio familiar (14 puntos).
Otro de los cambios es que, dentro de los criterios de prioridad, figura la discapacidad sobrevenida durante el curso escolar de cualquiera de los miembros de la unidad familiar e incluye como nuevo criterio de admisión que el alumno o alumna a escolarizar haya nacido de parto múltiple, al que se le da un punto. Por último, el Consejo Escolar de los centros públicos tendrá con la nueva normativa la competencia para decidir en el procedimiento de admisión del alumnado, que antes correspondía al director del centro.