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Abierto el plazo para solicitar ayudas europeas para el almacenamiento de carne de cerdo

La Comisión Europea ha publicado el reglamento que regula las ayudas al almacenamiento privado de carne de porcino en el marco de la Organización Común de Mercados (OCM) de los productos agrarios. En el caso de las solicitudes de profesionales que ejercen su actividad agroalimentaria en Andalucía, la gestión de los incentivos recae en la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible.

Los interesados en acceder a estas subvenciones disponen de un mes, concretamente, hasta el día 29 de abril de 2022, para realizar los trámites de forma telemática a través de la página web de la Junta de Andalucía (https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/8299.htm).

El objetivo de estas ayudas que concede Bruselas es reducir el desequilibrio entre oferta y demanda que sufre viene atravesando desde hace meses el sector porcino de la Unión Europea. Para ello, se respalda económicamente la congelación y almacenamiento de carne fresca o refrigerada de cerdo que no estuviera guardada previamente.

El importe de la subvención depende de la categoría del producto (de primera a séptima) y el período de almacenamiento seleccionado (60, 90, 120 o 150 días). En concreto, a las medias canales y piezas enteras de animales de hasta 20kg de primera categoría le corresponden ayudas de entre 270 y 317 euros; y a los jamones, paletas, partes delanteras, chuleteros y agujas de segunda categoría, entre 326 y 372 euros; mientras que a estas mismas piezas de tercera categoría se conceden incentivos de entre 377 y 423 euros. En el caso de la panceta entera o cortada en forma rectangular, los productos de cuarta categoría tienen asignadas subvenciones que oscilan entre 282 y 327 euros, y los de quinta categoría, entre 348 y 389 euros. Asimismo, el reglamento comunitario contempla ayudas para los despieces deshuesados de la zona central de los animales (de 279 a 320 euros) y para el tocino de cerdo (entre 157 y 190 euros).

En todos los casos, la cantidad mínima a almacenar para tener acceso a las subvenciones es de 10 toneladas para los productos deshuesados y 15 toneladas para el resto de alimentos contemplados en las bases reguladoras de estas ayudas que convoca la Unión Europea.