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Aprobada la reforma de la Ley de Atención a Personas con Discapacidad

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El Parlamento de Andalucía ha aprobado la reforma de la Ley de Atención de Personas con Discapacidad promovida por el Gobierno andaluz, a través de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, para garantizar y mejorar la autonomía de este colectivo. La mejora de esta norma beneficia a las más de 570.000 personas con discapacidad que hay contabilizadas en Andalucía. La consejera Loles López ha agradecido el apoyo de grupos políticos y ha subrayado que «cada paso que demos, paso que cuenta y ayuda a mejorar la vida de miles de personas».

Concretamente, la modificación de la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía aprobada asegura la accesibilidad en las estaciones de servicio de combustibles y carburantes mediante una de estas dos formas: a través de surtidores que garanticen la accesibilidad universal o bien contando, en el horario diurno comprendido entre las 7.00 y las 22.00 horas, con personal que atienda las necesidades de las personas que necesiten apoyo para acceder al servicio. Con este cambio, se determina que este tipo de instalaciones deberán cumplir, en todos los casos, los parámetros de accesibilidad previstos en la normativa UNE 170001-1 y 170001-2 (accesibilidad universal) o normativa de accesibilidad europea equivalente. En caso contrario, deberán contar con una persona responsable que atienda las necesidades de estas personas.

Hay que recordar que en 2017 la Comisión Europea había objetado a las autoridades españolas sobre las normativas autonómicas que exigen la presencia de personal en estas instalaciones por la posibilidad de vulnerar la libertad de establecimiento de empresas en otros estados miembros que utilicen la estación de servicio automática como modelo de negocio y, por consiguiente, constituir una restricción incompatible con el derecho de la Unión que dispone la eliminación de «los requisitos que obliguen a tener un número mínimo de empleados». Ante la necesidad de adaptación a la normativa europea de forma que se respeten los principios de necesidad, proporcionalidad y no discriminación por razón de nacionalidad, sin rebajar por ello las exigencias de accesibilidad universal, en la ley andaluza se modifica el artículo 50.3 con la justificación de la necesidad de personal si no se cumple con los requisitos de accesibilidad en la prestación del servicio.

Sanciones a terceros

Otro de los cambios es la ampliación de las sanciones a aquellas personas que hacen un uso indebido e insolidario de la tarjeta de aparcamiento para personas con movilidad reducida. Antes solo se multaba al titular, pero no a la persona que hacía un mal uso de esta tarjeta. En Andalucía hay en vigor más de 65.300 tarjetas de aparcamiento para personas con movilidad reducida, concedidas casi al 50% entre hombres y mujeres. En el año 2022 se han resuelto cerca de 15.000 solicitudes. Desde el año 2019 y hasta julio de 2023, se han producido un total de 758 denuncias, la inmensa mayoría por parte de las policías locales, debido a su mal uso.

Loles López ha incidido en que «esta reforma ha contado con la participación de los grupos parlamentarios y entidades del tercer sector. Una reforma en la que se ha dialogado e intentado el mayor consenso posible, ya que dos de las tres enmiendas presentadas por los grupos se han incorporado al texto de la normativa». Asimismo, ha concluido que «esta reforma es un fiel reflejo del compromiso de la Junta de Andalucía con las personas con discapacidad, con sus derechos, con su autonomía y una clara apuesta por la igualdad de oportunidades y condiciones de todos los andaluces y andaluzas, especialmente con aquellas personas más vulnerables y que más necesitan a la administración en su día a día».

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