La campaña de la declaración de la Renta 2019 arrancaba ayer pese al estado de alarma que mantiene paralizado al país. Este año, los contribuyentes tendrán desde el 1 de abril hasta el 30 de junio para formalizar sus cuentas con Hacienda. Entre las novedades de esta campaña, se encuentran una nueva forma de declarar bienes inmuebles y una tributación a los premios diferente.
Por el contrario, este año no han cambiado a grandes rasgos las fórmulas para presentar la declaración en comparación con las que había disponibles para el ejercicio 2018. Así, aunque el coronavirus mantenga por el momento a gran parte de la población encerrada en sus casas, sigue estando disponible la opción de presentar la renta de forma presencial.
Antes de nada, lo primero es tener claro si se tiene la obligación de presentar la declaración para luego evaluar si compensa o no en el caso de tener opción de elegir. Este año están exentos de presentar la declaración aquellos ciudadanos que hayan obtenido rendimientos íntegros del trabajo por importe inferior a 22.000 euros procedentes de un mismo pagador. Estarán obligados en cambio aquellos que hayan percibido más de 14.000 euros anuales de varios pagadores, si la suma de las cantidades procedentes del segundo y restantes pagadores, por orden de cuantía, supera la cifra de 1.500 euros anuales.