Culpable de asesinato con agravante de parentesco. El jurado popular así ha declarado este martes, por unanimidad, a M.Q.S, acusado del atropello mortal en Marmolejo (Jaén), en junio de 2021, de la reportera gráfica onubense, Alicia Rodríguez, de quién era pareja en el momento de los hechos.
El individuo, que se sentó en el banquillo de los acusados la pasada semana, se enfrenta a penas de cárcel de entre dos y 28 años -en una horquilla que va desde peticiones por homicidio imprudente o asesinato con agravante-.
Tal y como señala el periódico digital, HuelvaHoy, cabe recordar que en el caso, además del Ministerio Fiscal y la acusación particular estaban personados como acusación popular el Ayuntamiento de Huelva -que pedía 25 años de cárcel por un delito de asesinato con grado de parentesco- y la Junta de Andalucía, que pedía 15 años al considerarlo un delito de homicidio doloso, al que en las conclusiones finales añadió el agravante de parentesco.
Por ello, el jurado popular ha considerado que los hechos son constitutivos de un asesinato, y entiende que hay agravante de parentesco, que era una de las cuestiones que se dirimían en este juicio.
La defensa, mientras tanto, ha solicitado que se imponga la menor pena posible, y la Fiscalía ha pedido 20 años y un día de prisión.
Según expusieron en testificales los agentes de la Guardia Civil que llegaron primero al lugar de los hechos, el acusado estaba «nervioso y alterado», llegando uno de ellos a apuntar que, también presentaba una «con actitud agresiva».
De igual modo, indicaron que la noche era «oscura» y que el cuerpo de la víctima estaba «en medio del coche», con la cabeza «en dirección a la parte delantera, con la mano derecha hacia adelante y la izquierda hacia la izquierda del coche», así como que el cuerpo estaba «completamente plegado y con la pierna derecha arriba, flexionada en V hacia la parte delantera».
Por su parte, el agente del Subsector de Tráfico de la Guardia Civil de Jaén que realizó la inspección ocular de la zona y el atestado inicial del accidente al día siguiente del atropello mortal indicó que de la investigación practicada en la zona se desprende que «tuvo que haber intención de pisar el acelerador» para «sobrepasar el objeto» del atropello.
Con respecto a las pruebas periciales, los agentes del Equipo de Reconstrucción de Accidentes de Tráfico (ERAT) de la Guardia Civil declararon que el vehículo de M.Q.S «no presentaba ningún fallo mecánico», en referencia al sistema de seguridad activa del mismo –sensores acústicos de movimiento para detección de objetos–, así como que «no había posibilidad» de que el coche avanzara sin freno de mano y se ratificaron en las conclusiones del informe emitido tras la reconstrucción del atropello.
Los agentes señalaron que, conforme al relato del acusado, quien en una de sus declaraciones dijo que maniobró marcha atrás y luego hacia adelante, se hizo una reconstrucción de los hechos. De esta forma, tras colocarse uno de los agentes como conductor y dar primero marcha atrás, los sensores de la parte trasera se activaron con «un pitido fijo», activando también los de la parte delantera, toda vez que explicaron que probaron el sonido de la radio puesto a máxima potencia y los sensores «siempre se escuchaban por encima de la música».
Por otra parte, un agente de la unidad de Policía Judicial de la Guardia Civil manifestó que las versiones del acusado sobre lo que había ocurrido eran «incoherentes», por lo que, con ello y las pruebas observadas, se determinó su detención ya que creían que «el coche no se podía haber movido solo».
Así las cosas, en su declaración en sala, el acusado afirmó que no la vio «en ningún momento» cuando movió el coche, así como que «no notó» que hubiera algún obstáculo que impidiera el avance del coche más que «los típicos de terreno, ondulaciones y piedras», pero «nada fuera de lo común», toda vez que dijo que no escuchó «ningún pitido» de sensores, «solo el de la puerta abierta».

















