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El TSJA avala el ERE presentado por el Ayuntamiento de Isla Cristina y que afecta a 80 trabajadores

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La sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha declarado ajustado a derecho el despido de 80 trabajadores del Ayuntamiento de Isla Cristina, afectados por un ERE que fue aplicado a partir de 2014.

La sentencia desestima la demanda interpuesta por la representación legal del sindicato Unión Sindical Obrera tanto contra el Ayuntamiento como contra la Mancomunidad Intermunicipal de Islantilla, que gestiona Isla Cristina con Lepe, declarando el despido colectivo “ajustado a derecho, con absolución de los demandados”.

La vista fue consecuencia de la demanda colectiva presentada contra dicha medida, que se hizo efectiva el pasado 2 de marzo. y junto a la demanda se presentaron más de 60 individuales, al objeto de que cada uno reclamase al Consistorio lo que considerase, alegando alguno de ellos incluso “persecución política” al entender que han sido perseguidos por ser afines a PSOE y PA, partidos que conformaban anteriormente el equipo de Gobierno.

Desde el equipo de Gobierno se sostuvo en su día que esta medida se llevaba a cabo debido a la “mala gestión” del equipo de gobierno anterior (PSOE-PA), que ha dejado al Consistorio en una situación “grave” con una deuda que alcanza “los 40 millones”, y se defendió la legalidad de la acción.

Entre otros factores, el sindicato argumentaba la falta de debate sobre este ERE y que los trabajadores no habían tenido oportunidad de defenderse en plazos legales, aunque el juez sostiene que “no podemos considerar que el Ayuntamiento haya mantenido una actitud realmente opuesta al debate y admisión de otras medidas distintas de la reducción de los despidos (…) aunque no todas las ofrecidas contaron con la aceptación de los sindicatos”.

“Por otra parte, lo cierto es que la gran mayoría de las medidas propuestas por las representación de los trabajadores, o eran de imposible cumplimiento (inexistencia de subvenciones) o de difícil cumplimiento (aumentar aun más la presión fiscal) o ya se estaban llevando a cabo (disminución asignación a partidos políticos)”, señala la sentencia.

El juez da a las partes la opción de interponer un recurso de casación contra la sentencia, dentro de los cinco días siguientes al de su notificación a las partes.

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