El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se modifica el anterior y establece que la circulación de las personas permitida debe realizarse de manera individual.
El decreto recoge como excepciones las situaciones en las que se acompañe a personas con discapacidad, menores, personas mayores o exista alguna causa debidamente justificada.
En este texto se prohíbe de forma expresa los desplazamientos con acompañante, bajo pena de sanciones. Las multas por incumplir esta normativa oscilan entre 300 euros la cuantía mínima, y 1.000 euros la máxima.
Esta nueva normativa ha entrado en vigor desde las doce de la noche de la pasada madruga. Se ruega a los vecinos que extremen las precauciones.





















