La Consejería de Salud y Familias ha puesto en conocimiento del Consejo de Gobierno la orden por la que se establece el protocolo de dispensación de medicamentos y productos sanitarios por las oficinas de farmacia de Andalucía durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus Covid-19.
Así, en colaboración con el Consejo Andaluz de Farmacéuticos, podrá beneficiarse de la dispensación a domicilio cualquier ciudadano sin posibilidad de apoyo de otras personas de su entorno, que no pueda salir de su casa por problemas de movilidad, personas con enfermedad aguda o con procesos crónicos complejos incluidos en los grupos de mayor riesgo de infección por Covid-19, así como las personas que por su edad o especial fragilidad sean más vulnerables al contagio y aquellas en situación de cuarentena domiciliaria por coronavirus.
La dispensación a domicilio incluirá medicamentos, estén sometidos o no a prescripción médica, así como productos sanitarios.
Del mismo modo se establecen una serie de consideraciones para las oficinas de farmacia, como que la dispensación a domicilio será supervisada por una persona titulada en Farmacia y que no se realizará publicidad de esta modalidad de dispensación, si bien se podrá hacer pública la información sobre las mismas en el portal de la Junta de Andalucía y en los de los Colegios Oficiales de Farmacéuticos de las provincias.
Del mismo modo, deberá respetarse la normativa de protección de datos y las medidas preventivas de salud pública en todo lo relativo a este proceso por parte de las personas que intervengan en él. Igualmente, se establecen pautas como que la dispensación a domicilio será solicitada por la persona interesada a la oficina de farmacia que determine, preferentemente ubicada en su municipio o cercanías si en el suyo no hay oficina de farmacia que preste esta modalidad de dispensación.
También se determina que una persona titulada en Farmacia se ocupará de preparar el pedido en la oficina de farmacia, en paquetes individualizados. Cada paquete contendrá los medicamentos o productos solicitados por la persona y llevará un justificante de la entrega con una serie de datos.
Finalmente, la dispensación a domicilio no podrá suponer coste añadido alguno en relación con la aportación económica que corresponda a la persona destinataria en relación con los medicamentos y productos sanitarios que se le entregan. En el momento de atender al pedido, desde la oficina de farmacia se informará de los mecanismos de pago disponibles.