La Fiscalía de Huelva ha trasladado una denuncia al Juzgado de Instrucción Decano de los de La Palma del Condado por posibles delito de daños en el patrimonio histórico y de prevaricación en relación a las obras iniciadas en octubre de 2014 de remodelación acometidas en el Palacio de Doñana, sede de la Reserva Biológica de Doñana y ubicado en pleno corazón de la reserva natural homónima sobre suelo no urbanizable de especial protección.
En ese año el órgano de contratación de la Agencia Estatal del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC), dependiente del Ministerio de Economía y Competitividad, publicitó un procedimiento abierto para promover estas obras y la instalación de Infraestructura Científico Técnica Singular (ICTS), cofinanciado con fondos Feder y con un presupuesto de 1,5 millones de euros, adjudicándolas finalmente a una empresa por algo más de un millón.
Según reza en la denuncia del Ministerio Fiscal, a la que ha tenido acceso Europa Press, el fiscal entiende que los informes técnicos realizados por la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio y por el Colegio Oficial de Arquitectos de Huelva, a finales de 2015, «ponen de manifiesto la ilegalidad de al menos parte de las obras ejecutadas en atención a la protección del inmueble afectado y al alcance y naturaleza de aquellas».
En concreto, el fiscal del caso, Alfredo Flores, dirige esta denuncia contra nueve personas –arquitectos de la empresa constructora, personal del Ayuntamiento de Almonte, miembros de su corporación y del CSIC–.
El inmueble, propiedad del Estado y datado en el siglo XVI-XVII, había sufrido reformas en 1972 y 1988 y tenía protección específica en el PGOU. En concreto goza de la protección de grado uno estructural incluido en el Catálogo Municipal de Bienes y Espacios protegidos, sin estar inscrito en el del Patrimonio Histórico Andaluz como BIC, siendo por ello su protección competencia y responsabilidad exclusiva del Ayuntamiento de Almonte, en aquellas fechas gobernado por el PP.
Las obras proyectadas por la empresa encargada, en concreto por uno de sus arquitectos, y ejecutadas por otra compañía, pretendían una transformación integral de parte del Palacio con el fin de mejorar su habitabilidad para investigadores y visitas institucionales y conseguir así «un edificio innovador y sostenible con el entorno».
Así, se proyectó desde el primer momento, y con la justificación de su mal estado de conservación, un vaciado integral de las plantas baja y primera con una remodelación total de espacios, demoliciones generales, sustitución de carpinterías de madera originales y tradicionales por otras de PVC, supresión de muros y construcción de nuevos tabiques, cierre de puertas y sustitución de ventanas exteriores por puertas de nuevo acceso a las habitaciones de los investigadores en el ala sur, nuevos baños individuales y armarios en las habitaciones de los investigadores, nuevas instalaciones de aire acondicionado, entre otras.
Sin embargo, en base a dicha protección, las únicas obras posibles eran y son las de conservación y mantenimiento del edificio sin alterar sus acabados ni materiales, previo informe favorable de la oficina técnica municipal, y sin ser preceptivos informes previos de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía para autorizar dichas obras.
Pues bien, según remarca el fiscal, para ejecutar las obras se presentó el 25 de febrero de 2015, por el CSIC y la empresa encargada de ejecutarlas, un primer proyecto básico y de ejecución supervisado por el Ministerio de Industria, que se limitó a informar que se presuponía el cumplimiento de la normativa pese a que contenía previsión de un porche exterior sobre la fachada sur y derribo de tabiquería interior.
INFORME DESFAVORABLE DEL AYUNTAMIENTO
No obstante, dicho proyecto, teniendo en cuenta la protección y que lo pretendido «no respetaba dicha protección y excedía notoriamente de su conservación y mantenimiento», fue informado negativamente por el Ayuntamiento con un informe técnico desfavorable de un arquitecto municipal.
Ante tal situación y tras solicitud de prórroga por el CSIC, el arquitecto de la empresa que proyectó las obras presentó un segundo proyecto reformado, que solo suprimía el porche exterior y que también fue supervisado por el Ministerio de Industria, que de nuevo constató lo mismo que anteriormente.
En este segundo proyecto se justificaban las actuaciones en un informe sobre ‘patologías’ del Palacio realizado por otra compañía, que ponía de manifiesto la existencia de humedades y envejecimiento general del edificio, y proponía actuaciones de conservación no agresivas con el fin de solucionar estos problemas y que finalmente no fueron tenidas en cuenta por no permitir la reforma integral proyectada.
CAMBIAR EL INFORME
Ante esta cuestión, el arquitecto proyectista, considera el fiscal con el fin de contestar y cambiar el informe técnico desfavorable del arquitecto municipal, insistió en calificar estas obras de «mantenimiento y conservación respetuosas con la protección del edificio al considerar que éste en sus condiciones no permitía el uso residencial».
Entre sus argumentos, consideraba que el ala sur «carecía de protección», así como que «las obras no aumentaban volumetría ni edificabilidad, mejoraban la habitabilidad y no alteraban las condiciones y características del edificio ni sus elementos originales».
Pese a ello, insiste el Ministerio Fiscal en su denuncia, se contemplaban expresamente demoliciones interiores y varios cambios, dotando a las habitaciones de un acceso exterior, reconociendo que ello suponía «una transformación relevante de la fachada sur».
INFORME FAVORABLE A ESTE PROYECTO
Sin embargo, este proyecto recibió informe técnico favorable de la arquitecta municipal –un técnico distinto al primero–, que lo justificó en «el hecho de que no se alteraba el uso como residencia de investigadores y que la configuración ICTS prevalecía sobre el propio Palacio, sin hacer ninguna referencia al emitido desfavorablemente con anterioridad», recibiéndose el mismo día un informe jurídico favorable de una asesora jurídica del Ayuntamiento, en el que tampoco se mencionaba a la protección del emblemático edificio.
En base a esto, la Junta de Gobierno Local concedió una licencia de obra mayor el 24 de julio haciéndose constar que no se alteraba el uso del edificio.
DENUNCIA DE UN PARTICULAR
El fiscal motiva esta denuncia al considerar que entre el primer y el segundo proyecto, en fecha indeterminada y sin licencia en vigor, se iniciaron las obras, y el Ayuntamiento, tras recibir denuncia de un particular el dos de mayo de ese año, aperturó un procedimiento de restauración de la legalidad urbanística, en el que, con estos últimos informes, se hizo constar que las obras «se habían iniciado sin licencia y eran incompatibles con la legalidad y no legalizables», ordenándose la paralización de las mismas.
No obstante, pocos días después se archivaba, mediante un decreto, por el nuevo teniente de alcalde delegado de Urbanismo (PSOE) el citado expediente al considerar que las obras ya habían obtenido licencia y con eso quedaba restaurada la legalidad, sin que en ningún momento y, pese a que el informe técnico de unos días antes calificaba los hechos como «infracción muy grave de la LOUA», se haya incoado expediente sancionador a los promotores y constructores.
Por estos hechos, el fiscal solicita la práctica de una serie de diligencias, como la declaración de los denunciados en calidad de investigados y de testigos, y recabar informes para conocer la cuantía de los daños causados y comparar el estado del edificio antes de la realización de estas obras.