La Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo está tramitando una modificación de la orden de 3 de junio de 2022 que establece las bases reguladoras de las ayudas a la contratación indefinida, de cara a ampliar su cobertura para que también puedan acogerse a estas subvenciones al empleo estable aquellos contratos realizados a personas que no están en situación de desempleo.
Este paquete de ayudas, cuya convocatoria se abrió el pasado 4 de octubre, incluye subvenciones que oscilan entre los 3.500 y los 6.600 euros por cada contrato indefinido que formalicen las empresas y autónomos andaluces, y que supongan un incremento neto de su plantilla fija. Actualmente, la Consejería de Empleo ya supera las 20.000 solicitudes presentadas para acceder a estos incentivos.
El delegado territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, Alberto Santana, ha recordado que “este paquete de incentivos al empleo estable irá destinado a cada contrato que hayan formalizado o formalicen las empresas y trabajadores autónomos entre el 1 de abril de 2022 hasta el 2 de diciembre de este año, para lo que disponemos de un presupuesto provincial de 15.921.860 euros con el que se prevé apoyar la contratación indefinida de alrededor de 3.250 personas en situación de desempleo.”
Alberto Santana ha anunciado que “los cambios en las condiciones de la convocatoria obedecen a un objetivo claro, ya que pretendemos que estos incentivos ayuden al mayor número de trabajadores (en activo o en desempleo) posibles y al mayor número de empresas y autónomos facilitando con ello contratos estables a los nuevos empleados y reduciendo al mismo tiempo el coste empresarial del aumento de las plantillas. En primer lugar, ampliamos el colectivo beneficiario, pasando de ser exclusivamente beneficiarias las personas desempleadas al colectivo de trabajadores en activo, siempre que su contratación suponga un aumento de la plantilla neta de la empresa en cuestión.”
Las ayudas pueden solicitarse por parte de las personas trabajadoras autónomas, las empresas privadas, las entidades privadas sin ánimo de lucro y las entidades privadas sin personalidad jurídica que desarrollen su actividad en Andalucía (que tengan en alta una cuenta de cotización a la Seguridad Social en una provincia andaluza), cuando la contratación, realizada entre el 1 de abril y el final de la convocatoria, suponga un incremento neto de su plantilla fija y se mantenga por un periodo mínimo de doce meses ininterrumpidos.
El delegado de Empleo continúa explicando que “la segunda novedad a la que nos referimos es la ampliación del plazo de solicitud ya que estaba previsto que acabase el próximo 18 de noviembre y que se amplía ahora al 2 de diciembre, con objeto de que los empresarios tengan más tiempo para analizar sus necesidades de personal y valorar las bases de la convocatoria, aunque la tramitación es muy sencilla.”
La cuantía de la subvención es de 3.500 euros por cada contrato laboral indefinido formalizado a jornada completa, aumentado a 4.500 euros cuando la persona contratada tenga 45 o más años, a 5.000 euros cuando el nuevo trabajador esté incluido en los grupos de cotización del I al IV de la Seguridad Social, o la contratación se realice a una persona joven menor de 30 años. En caso de que concurran ambos supuestos, sea menor de 30 años y en dichos grupos de cotización, la cuantía ascenderá a 5.500 euros.
Más de 2.300 solicitudes
Alberto Santana ha adelantado que “hasta el momento, se han registrado más de 2.300 solicitudes en Huelva, pero queremos que estas ayudas lleguen a muchas más empresas, hasta agotar el crédito. De este modo, queremos informar de estos cambios y de la ampliación de estas ayudas desde nuestra Delegación Territorial y desde nuestros servicios de atención a empresas, a asociaciones empresariales y profesionales de Huelva, Cámaras de Comercio, Federación Onubense de Empresarios, Colegios Profesionales y demás entidades con el fin de difundir las ayudas para que tengan el mayor impacto económico y social posible en la provincia”.
La tramitación de las mismas se realiza de forma telemática, no siendo necesaria la presentación de documentación adicional junto a la solicitud, ya que la Consejería de Empleo ha diseñado un sistema automatizado de resolución de expedientes de ayudas, ya empleado con éxito en otras convocatorias, y que forma parte de la estrategia de simplificación de trámites administrativos de la Junta de Andalucía.
El plazo para resolver y notificar el sentido de la concesión será de 3 meses desde la entrada de la solicitud. El pago que se efectuará será del 100% del importe de la subvención una vez concedida la ayuda.
Requisitos de la contratación
El contrato laboral indefinido debe mantenerse por un periodo mínimo de doce meses ininterrumpidamente, a contar desde la fecha de inicio de la actividad laboral. El contrato laboral fijo-discontinuo se mantendrá al menos en las mismas condiciones y, a efectos de su mantenimiento, requerirá que el tiempo de servicios prestados en el año siguiente al de la contratación deberá ser el mismo o superior al prestado en el año de la contratación. En caso de cese de la relación laboral por causas no imputables a la persona o entidad solicitante con anterioridad el periodo establecido en la subvención, ésta deberá completarse con una sustitución por el tiempo restante contemplado en la contratación inicial.