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La Junta prohibe el marisqueo en las zonas de producción de Matalascañas, Mazagón y Doñana

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La Junta de Andalucía, desde el área de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, ha prohibido el marisqueo en las zonas de producción de Mazagón, Matalascañas y el espacio marítimo de Doñana. En concreto, no se permitirá la captura y comercialización de la coquina y la chirla, así como del resto de especies (almeja, chocha, busano, cañaílla, longueirón y navaja-muergo).

La decisión se ha tomado después de que los continuos análisis que realiza el Laboratorio de Control de Calidad de los Recursos Pesqueros de Cartaya (Huelva) hayan constatado la reaparición de la biotoxina DSP en los ejemplares de todos los bivalvos de estos puntos del litoral onubense y, por consiguiente, la existencia de riesgos para la salud por su consumo, informa la Junta en un comunicado.

No obstante, pese a esta medida el sector de la coquina cuenta con un importante margen de maniobra, en la medida en que puede faenar en cuatro de los siete puntos de la geografía onubense en los que se captura esta especie.

En concreto, los profesionales con licencia dedicados a este bivalvo de especial interés comercial para la economía de la provincia tienen luz verde para desarrollar su actividad extractiva en estos instantes en las aguas de Isla Canela, la Barra del Terrón, la Desembocadura del Piedras y Punta Umbría. De igual modo, la flota de la chirla dispone de vía libre a día de hoy en tres puntos del caladero onubense: Isla Canela, la Barra del Terrón y Punta Umbría.

Junto a estos enclaves, también está permitido el marisqueo en las zonas de producción del río Guadiana, las Marismas del Guadiana-Carreras, el río Carreras, las Marismas del Piedras e Isla Cristina. Unos puntos en los que se pueden extraer desde las almejas babosa, fina y japonesa hasta el berberecho, el busano, la cañaílla, la clica, el longueirón, la navaja-muergo o el pirulo (no el ostión, que está en época de veda), así como, en el último caso, el mejillón, que cuenta con autorización para su captura y comercialización desde el pasado 11 de enero.

La Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural recuerda, en este sentido, que el cierre preventivo de los caladeros cuando se detectan valores superiores a los establecidos legalmente se enmarca dentro del Programa de Control y Seguimiento de las Condiciones Sanitarias en las Zonas de Producción de moluscos bivalvos, gasterópodos y equinodermos del litoral andaluz. El objetivo es la protección de la salud pública y garantizar la calidad sanitaria de los productos pesqueros.

En la misma línea, desde este departamento de la Junta de Andalucía se incide en que el marisqueo sin licencia está prohibido en cualquier momento y conlleva una sanción de carácter ‘grave’, calificación que en el caso de que la actividad se desarrolle en una zona de producción cerrada por motivos sanitarios se eleva a ‘muy grave’.

Las sanciones por el incumplimiento de estas prohibiciones pueden oscilar entre los 301 y los 60.000 euros para las personas que capturen moluscos bivalvos sin autorización (sanciones graves) y entre los 60.001 y los 300.000 euros para quienes desarrollen esta actividad en un caladero cerrado por la presencia de toxinas (sanción muy grave).

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