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La Ley para la renovación y modernización de los establecimientos de alojamiento turístico permite incrementar la edificabilidad hasta un 20%

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La Ley de medidas para la renovación y modernización de los establecimientos turísticos permite incrementar la edificabilidad de éstos hasta en un 20%. La norma, aprobada hace unos meses, tiene como objetivo la renovación y modernización de la planta andaluza para mejorar su competitividad.

En este sentido, la delegada territorial de Turismo de la Junta en Huelva, María Ángeles Muriel, ha dado la bienvenida a los asistentes a una jornada técnica para abordar los detalles de esta herramienta que tiene un plazo de vigencia de tres años.

A la cita han asistido tanto técnicos municipales de diversas localidades de la provincia como propietarios y gestores de establecimientos onubenses para facilitarles la información de cómo deben presentar y dónde la documentación para los proyectos que quieran ampararse en esta norma.

La ley pretende facilitar a estos alojamientos la adaptación a categorías superiores con la idea de mejorar la calidad y variedad de la oferta del destino. Andalucía podrá así, según recoge el texto de la norma, ampliar la red de establecimientos de categoría superior y con las medidas propuestas incentivar la realización de inversiones para hacer posible la mejora de los establecimientos.

El ámbito objetivo de aplicación de la medida lo constituyen los establecimientos de alojamiento turístico que se hallen legalmente edificados en suelo urbano y que requieren realizar obras de ampliación o reforma para su renovación y modernización. Para este tipo de intervenciones, se establece un margen de flexibilidad en la aplicación de los parámetros urbanísticos de edificabilidad, ocupación y altura, como medida de carácter excepcional y transitorio de aplicación a las licencias de obras que con esta finalidad se soliciten en el plazo de tres años desde la entrada en vigor de la ley.

Con carácter general, la norma permite incrementar hasta un 15% la edificabilidad y la ocupación en las parcelas donde exista un establecimiento turístico. En determinados supuestos, este porcentaje podrá alcanzar el 20% para incentivar actuaciones de recualificación que permitan a los establecimientos adaptarse a las categorías superiores.

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