Hoy ha tenido lugar una Charla informativa acerca del IMV, aprobado por el Real Decreto-ley 20/2020, de 29 de mayo, y convalidado el pasado 10 de junio por el Congreso de los Diputados, en la misma han intervenido la Subdelegada del Gobierno, la Vicepresidenta de la Diputación y la Directora Provincial del INSS y se ha dirigido a los servicios sociales de los municipios, los cuales se consideran fundamentales para gestionar adecuadamente la prestación.
El Ingreso Mínimo Vital es una prestación dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solas o están integradas en una unidad de convivencia y carecen de recursos económicos básicos para cubrir sus necesidades básicas.
Se configura como derecho subjetivo a una prestación económica, que forma parte de la acción protectora de la Seguridad Social, y garantiza un nivel mínimo de renta a quienes se encuentren en situación de vulnerabilidad económica. Persigue garantizar una mejora real de oportunidades de inclusión social y laboral de las personas beneficiarias.
Opera como una red de protección dirigida a permitir el tránsito desde una situación de exclusión a una participación en la sociedad. Contendrá para ello en su diseño incentivos al empleo y a la inclusión, articulados a través de distintas fórmulas de cooperación entre administraciones.
La Subdelegada agradece el esfuerzo de todos a pesar de la situación en este momento, pero que gracias a la colaboración se pueda conseguir su objetivo en los tiempos previstos y garantizar que estos recursos lleguen a todos los ciudadanos que lo necesiten.
La directora Provincial del INSS ha incidido en la necesidad de tranquilizar a los solicitantes en cuanto a la presentación de solicitudes, para evitar colapsar la gestión, todo ello teniendo en cuenta que las solicitudes presentadas entre el 15 de junio y el 15 de septiembre producirán sus efectos desde el 1 de junio.
Se destacaron entre otras cuestiones todo lo relativo a los requisitos de acceso al ingreso mínimo vital, documentación necesaria y vías de presentación de las solicitudes, de manera que puedan trasladar a los ciudadanos que recurran a ellos la información necesaria que ayude a la presentación telemática y en caso de ser necesario, que la atención con cita previa presencial en los CAISS sea más efectiva. A tal efecto, se acompañan un díptico y una guía que puede ya ser distribuido a todos ellos.
Por último se aludió al proceso de conversión de oficio al IMV de los expedientes de Protección Familiar por hijo a cargo, que de acuerdo a la disposición transitoria primera del Real Decreto Ley 20/2020, de 29 de mayo, el INSS tiene que llevar a cabo. Se trata de beneficiarios de PF en los que la AEAT y el INE han confirmado que la composición de su unidad de convivencia es la que figura en el expediente de PF, y no otra, y que reúnen los requisitos exigidos por el IMV, entre ellos los relativos a los umbrales de renta y patrimonio fijados en la citada norma (para lo que se ha realizado el oportuno cruce informático de datos con la AEAT).
Los nuevos titulares del IMV, como resultado de esa conversión de oficio, serán informados por medio de una Resolución emitida centralizadamente por la GISS, y de un SMS que recibirán en sus teléfonos inmediatamente después de la ejecución de la nómina, con el ánimo de que estas personas estén informadas de que se les ha reconocido el IMV y por tanto, no presenten solicitudes de IMV. La citada Resolución indicará a los titulares del IMV su derecho de opción por mantener la PF que venía percibiendo, en el plazo de 30 días desde la notificación de la resolución; y les informará tanto del importe de su IMV de junio, como del próximo importe que recibirá en julio, habida cuenta de que en el primero (junio) se le va a descontar la parte proporcional de la prestación de PF menores que ha cobrado en la nómina semestral por ese mes de junio. (se remitirá el modelo de Resolución, para vuestro conocimiento, en próximos días). El pago se realizará el día 26 de junio.