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Salud adopta medidas para la medicalización y dotación de recursos en residencias de mayores

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La Consejería de Salud y Familias, a través de la Dirección General de Cuidados Sociosanitarios, ha implementado una serie de medidas para la medicalización y dotación de recursos a los centros residenciales de personas mayores. Estas actuaciones han sido objeto de conocimiento por parte del Consejo de Gobierno.

En concreto, estas medidas recogen la dotación de un banco de recursos de edificios y empresas prestadoras de servicios que puedan hacer frente ante determinadas eventualidades. Dicho banco de recursos se elabora en colaboración con las distintas delegaciones territoriales.

Por otro lado, se llevará a cabo una adecuada organización y coordinación de los servicios de manera que el sistema sanitario pueda garantizar la atención a las necesidades de los usuarios de dichos centros. En este sentido, se facilitarán todos los medios profesionales y materiales que sean necesarios.

Cada equipo directivo de Atención Primaria y las áreas de gestión sanitaria serán responsables de la puesta en marcha, seguimiento y evaluación del plan de contingencia de los centros ubicados en su área geográfica. También se va a dotar de cuatro centros medicalizados para personas mayores que estarán ubicadas en las provincias de Cádiz (La Línea), Granada, Sevilla y Málaga. Estos centros serán utilizados como refuerzo de los recursos residenciales de personas mayores.

La Red de Enfermeras Gestoras de Casos, apoyadas por las enfermeras de familia, realizará el seguimiento diario, incluido fines de semana, de la totalidad de los centros residenciales de mayores y de discapacidad.

En la línea de este seguimiento se contempla la elaboración de un mapa diario con la incidencia de casos nuevos en residencias, con el fin de planificar las intervenciones. De igual manera, se pondrán en marcha las indicaciones oportunas para organizar el aislamiento en las residencias que incluyan los casos o sospecha de casos, resolver dudas, orientar la asistencia y coordinar alertas con equipos sanitarios para la atención presencial cuando sea necesario en situaciones de mayor complejidad o agravamiento.

Asimismo, en aquellos casos que, por su complejidad o condiciones clínicas, lo requieran, se activará la atención médica presencial procedente de centros de salud, de urgencias o de servicios especializados hospitalarios. Este hecho se dará si existen pacientes en situación de cronicidad compleja y que presenten agravamiento, pacientes con agravamiento de síntomas por Covid-19 o pacientes en situación de cuidados paliativos que presenten empeoramiento.

Por su parte, si existe necesidad de la presencia de profesionales para continuar con tratamientos, así como la vigilancia y control de síntomas durante el tratamiento y evolución, se dotará a la residencia de los recursos profesionales y materiales que se vayan requiriendo según esos criterios clínicos.

En previsión de las necesidades de medicalización en las residencias, las direcciones de distrito o área organizarán, en coordinación con el hospital, la preparación de equipos materiales para el tratamiento parenteral y oxigenoterapia necesario para la asistencia.

Igualmente, en coordinación con los hospitales, se organizará la disponibilidad de recursos materiales de cuidados hospitalarios para su traslado al ámbito residencial.

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