La Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural ha dado luz verde al marisqueo de la coquina en la zona de producción de Mazagón. La decisión se ha tomado después de que los continuos análisis que realiza el Laboratorio de Control de Calidad de los Recursos Pesqueros de Cartaya hayan constatado la desaparición de la biotoxina DSP en los ejemplares de este bivalvo en este punto del litoral onubense y, en consecuencia, la ausencia de riesgos para la salud por su consumo.
Con esta medida, queda autorizada la captura y comercialización de esta especie de alto interés comercial en toda la Costa de Huelva, al sumarse a las recientes aperturas de las aguas de Isla Canela, la Desembocadura del Piedras, Matalascañas y el espacio marítimo de Doñana. También está permitida la actividad del sector de la coquina en los enclaves de Punta Umbría (desde el 28 de abril) y la Barra del Terrón (desde el 24 de abril).
De igual modo, en estos momentos está permitido el marisqueo de otras especies como las almejas fina y japonesa y la navaja-muergo en las zonas de producción del río Guadiana, las Marismas del Guadiana-Carreras, el Río Carreras, Isla Canela, la Barra del Terrón, las Marismas del Piedras, la Desembocadura del Piedras, Punta Umbría, Mazagón, Matalascañas y el espacio marítimo de Doñana. Sí, está parada la actividad en el caso de la chirla como consecuencia del periodo de veda, que comenzó el pasado 1 de mayo y se prolongará hasta el próximo 1 de julio.
La Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural recuerda, en este sentido, que el cierre preventivo de los caladeros cuando se detectan valores superiores a los establecidos legalmente se enmarca dentro del Programa de Control y Seguimiento de las Condiciones Sanitarias en las Zonas de Producción de moluscos bivalvos, gasterópodos y equinodermos del litoral andaluz. El objetivo es la protección de la salud pública y garantizar la calidad sanitaria de los productos pesqueros.
En la misma línea, desde este departamento de la Junta de Andalucía se incide en que el marisqueo sin licencia está prohibido en cualquier momento y conlleva una sanción de carácter “grave”, calificación que en el caso de que la actividad se desarrolle en una zona de producción cerrada por motivos sanitarios se eleva a “muy grave”. Las sanciones por el incumplimiento de estas prohibiciones pueden oscilar entre los 301 y los 60.000 euros para las personas que capturen moluscos bivalvos sin autorización (sanciones graves) y entre los 60.001 y los 300.000 euros para quienes desarrollen esta actividad en un caladero cerrado por la presencia de toxinas (sanción muy grave).