La Consejería de Cultura y Deporte ha publicado hoy la convocatoria de subvenciones destinadas a la producción de largometrajes, documentales y otras obras audiovisuales en Andalucía (BOJA número 131, de 9 de julio de 2026). Las ayudas cuentan con una dotación global de 5.215.000 euros repartidas en tres líneas de ayudas: dos destinadas a la producción de largometrajes de ficción o animación, una dirigida a proyectos de nuevos realizadores y otra orientada a fortalecer el tejido industrial audiovisual andaluz, así como una tercera línea destinada a la producción de documentales.
Las subvenciones convocadas se desarrollan al amparo de las nuevas bases reguladoras, publicadas en el BOJA el pasado mes de mayo (Boletín 92 Complementario nº 2 de 15/05/2026), tras un proceso de trabajo y diálogo permanente con el sector audiovisual andaluz. La actualización de la normativa responde a la experiencia acumulada durante los tres años de aplicación de las anteriores bases y persigue mejorar la eficacia de las ayudas, reforzar la seguridad jurídica de los procedimientos y avanzar en la simplificación administrativa.
Entre las principales novedades destaca el fortalecimiento de la vinculación de los proyectos con el territorio andaluz. En este sentido, las nuevas bases valoran expresamente que figuras clave de la producción audiovisual, como la dirección, la guionización, la producción o la producción ejecutiva, cuenten con sede fiscal en la comunidad autónoma. Asimismo, las empresas solicitantes deberán disponer de sede o establecimiento permanente en Andalucía, reforzando así el impacto de estas ayudas sobre el tejido profesional y empresarial andaluz.
Además, se incrementa las cuantías máximas subvencionables por proyecto. Los largometrajes y películas para televisión dirigidos por nuevos realizadores podrán recibir hasta 300.000 euros; las producciones orientadas al fortalecimiento del sector industrial andaluz hasta 450.000 euros, y los documentales hasta 125.000 euros. Otra de las novedades relevantes es la incorporación de una definición más precisa del concepto de productor dentro del marco regulador de las ayudas, una medida pionera que aporta mayor claridad y seguridad jurídica a las empresas y profesionales del sector.
Por otra parte, las bases también refuerzan el peso de la calidad artística y creativa de los proyectos al incrementar la puntuación asignada a la calidad del guion y se modifica el criterio de igualdad para valorar la presencia de mujeres en puestos de responsabilidad, otorgando puntuación específica a la figura de la mujer productora, en lugar de la productora ejecutiva, con el objetivo de seguir avanzando en la igualdad efectiva dentro del sector audiovisual.
En materia de valoración, la nueva normativa da un paso más para adaptar las ayudas a la realidad de la producción audiovisual. Así, el antiguo criterio basado en el porcentaje del presupuesto invertido se sustituye por un sistema vinculado al gasto real realizado en Andalucía, mediante tramos objetivos de inversión. Esta modificación permite valorar de forma más precisa el retorno económico y la generación de actividad en la comunidad autónoma.
Asimismo, se redefine la evaluación del carácter cultural de los proyectos, que pasa a ser apreciada de forma razonada por la Comisión de Valoración como requisito necesario para acceder a las ayudas, sin asignación específica de puntos. Del mismo modo, la valoración de la trayectoria profesional de las personas y entidades solicitantes corresponderá a dicha comisión, que la examinará atendiendo a criterios objetivos, acreditables y contrastables.
Las nuevas bases revisan también otros elementos del sistema de valoración para hacerlo más coherente con las necesidades actuales del sector, premiando de manera más ajustada la calidad de los proyectos, la solvencia de las propuestas, la generación de empleo y actividad económica en Andalucía, la sostenibilidad ambiental, la igualdad de género y la contribución al fortalecimiento de la industria audiovisual andaluza.
El plazo para la presentación de solicitudes será de quince días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOJA, esto es, hasta el 30 de julio, y deberán presentarse preferentemente por vía electrónica a través de la Ventanilla Electrónica de la Junta de Andalucía, en la dirección: https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/accesoDirecto/AAIICC Toda la información relativa a la convocatoria, así como los formularios normalizados y la documentación necesaria para concurrir a las ayudas, estará disponible en la página web de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales y en el Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Junta de Andalucía.




















