Nuevas restricciones en el Estado de Alarma. El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que modifica el texto que decretaba el Estado de Alarma el pasado sábado para la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
En este nuevo texto se añade la limitación de la libertad de circulación por las vías de uso público, así como por otros espacios de uso público como las playas, reforzando así por vía de real decreto las medidas adoptadas ya por algunos ayuntamientos.
Asimismo, se añaden a los establecimientos exceptuados de la suspensión de apertura a los establecimientos sanitarios y a las clínicas veterinarias.
La actividad de peluquería, cuya continuidad fue tan cuestionada el pasado sábado, desde la pasada madrugada se ejercerá solamente a domicilio.
El Real Decreto también suspende los trámites administrativos pero no afecta a los trámites de afiliación, a la liquidación y la cotización de la Seguridad Social, que son trámites que, por ahora, deben realizarse necesariamente en los plazos previstos.